Plazo en marcha — hay fechas límite
«Archivado»
El procedimiento terminó sin estudiar el fondo, normalmente por no responder a un requerimiento a tiempo. El archivo también se puede recurrir en los mismos plazos que una denegación.
No somos abogados ni gestoría — te damos el camino claro y las fuentes oficiales. Lo ves en: Cómo va lo mío (consulta de expedientes de extranjería).
Qué hacer ahora
- Lee el pie de recurso de tu resolución: dice qué recurso cabe, ante quién y en qué plazo.
- Valora el recurso cuanto antes: 1 mes para reposición o 2 meses para el contencioso desde la notificación.
- Busca ayuda legal para el recurso: un abogado de extranjería o una ONG con asesoría gratuita (CEAR, ACCEM, Cruz Roja).
Consultar es gratis y las citas oficiales son GRATUITAS. Nunca pagues por una cita ni por "ver tu expediente": la consulta oficial está en el portal del Gobierno y los únicos precios reales son las tasas oficiales.
Tus plazos, sin adivinar
Los plazos legales de este estado dependen de tus fechas (presentación, notificación, resolución). Hasta el 30/09/2026 pueden llegar requerimientos o resoluciones de las solicitudes presentadas al final de la ventana, así que revisa tu consulta y la DEHú cada semana. En el decodificador puedes poner tu fecha de presentación y ver tu plazo de resolución calculado al día exacto — gratis.
Este es el significado general del estado
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¿Por qué se archivó mi expediente?
Lo más habitual: un requerimiento de subsanación que no se respondió a tiempo (art. 68 Ley 39/2015). El archivo termina el procedimiento sin estudiar el fondo.
¿Puedo hacer algo contra el archivo?
Sí: el archivo se recurre en los mismos plazos que una denegación (1 mes reposición, 2 meses contencioso desde la notificación). Y según tu caso, puede valorar presentarse por una vía de arraigo permanente. Un abogado o una ONG de ayuda legal gratuita puede valorarlo contigo.
Información y preparación de documentos — no somos abogados ni gestores colegiados. Fuente del estado: Art. 68 Ley 39/2015 (desistimiento) · recursos: art. 124 Ley 39/2015 [imm-proc-recurso-denegacion].